Procedimientos a seguir para la realización de quemas
¿Que debo tener en cuenta si quiero realizar quemas?
Del 1 de mayo al 15 de octubre, o 1 de noviembre (según el año)
- Si la finca está en suelo urbano
Se informa a la policía local que se quemará, indicando día, hora y domicilio donde se procederá a la quema.
- Si la finca está en suelo agrícola
Se debe avisar al Agente de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente, que actúa en Son Servera, para que le de autorización.
- Si la finca está en suelo forestal
Está completamente prohibido.
Del 1 de octubre, o 1 de noviembre, según el año, al 30 de abril
- Si la finca está en suelo urbano
Se informa a la policía local que se quemará, indicando día, hora y domicilio donde se procederá a la quema.
- Si la finca está en suelo agrícola
Se puede quemar sin solicitar autorización.
- Si la finca está en suelo forestal
Se debe avisar al Agente de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente, que actúa en Son Servera, para que le de autorización.
Agente de Medio Ambiente de la Consejería de Medio Ambiente (zona Son Servera): Sr. Joan Nicolau (647 348 183)
Plaça de Sant Ignasi 1. 07550 Son Servera (Illes Balears)
Teléfono: 971 567 002 | Fax: 971 568 101